Feriado del 25 de mayo: ¿cómo se procede?

El día sábado 25 de mayo será feriado nacional, correspondiente al Día de la Revolución de Mayo. 

Si bien en Rafaela rige la Ley provincial de Descanso Dominical, a través de la Ordenanza 4.735 el Concejo Municipal autorizó la apertura de los establecimientos comerciales y de servicios, en caso de que los feriados incluidos en la mencionada normativa se conmemoren un día sábado.

Por lo tanto, los comercios y prestadores de servicios pueden abrir sus puertas, teniendo en cuenta las normas legales en materia laboral.

Específicamente, el Convenio Colectivo de Trabajo de los Empleados de Comercio indica que el personal puede negarse a ir a trabajar, y en ese caso no corresponde descontarle el día. En caso de que el colaborador asista a su puesto de trabajo, corresponde pagarle las horas trabajadas calculadas de acuerdo con los artículos 155 y 156 de la Ley de Contrato de Trabajo (utilizando el divisor 25). Es decir, se le debe abonar doble jornal. Adicionalmente, le corresponden horas compensatorias (tantas como haya trabajado después de las 13:00).

Fuente: FECECO.

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